La Justicia avaló la Tasa vial a los combustibles de Mar del Plata – en rigor General Pueyrredón- y rechazó la demanda presentada por la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas (CETAC), aunque el juez que intervino volvió a dejar a salvo sus reparos sobre la constitucionalidad del tributo.
La sentencia fue firmada días atrás por el juez Simón Francisco Isacch, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Mar del Plata. El magistrado sostuvo que debía adecuar su decisión al criterio fijado por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata en un antecedente de 2024, que había validado la tasa y revocado un fallo anterior del propio juez.
El pronunciamiento adquiere una particular relevancia política porque General Pueyrredón es uno de los distritos bonaerenses gobernados por el PRO, un sector alineado con el gobierno de Javier Milei.
La Tasa Vial fue creada en 2024 durante la gestión de Guillermo Montenegro y se aplica sobre el precio neto de los combustibles líquidos comercializados dentro del partido. La alícuota es del 3% sobre el valor sin impuestos, lo que representa aproximadamente un 1,86% adicional sobre el precio final que paga el consumidor.
El esquema convirtió a General Pueyrredón en uno de los municipios bonaerenses con mayor carga por este concepto. En enero de este año, el bloque de Unión por la Patria presentó en el Concejo Deliberante un proyecto para derogar el tributo y sostuvo que, después de dos años, no había producido las mejoras viales prometidas.
La oposición también cuestionó que fondos afectados de la tasa hubieran sido utilizados para afrontar otros gastos municipales. El planteo sumó un elemento político particular: los concejales peronistas remarcaron la contradicción entre la defensa de la tasa por parte del gobierno local y la posición del Gobierno nacional, que mantiene una cruzada contra este tipo de gravámenes municipales.
La disputa tampoco quedó limitada al Concejo. El exdiputado libertario Guillermo Castello había llevado a la Justicia su cuestionamiento contra la tasa y llevó el caso hacia la Suprema Corte bonaerense, después de que la Cámara marplatense revirtiera el primer fallo que había declarado la inconstitucionalidad del tributo.
En ese contexto aparece el elemento más singular de la nueva sentencia. Isacch no presenta al tributo como una cuestión jurídica sin controversias. Por el contrario, recuerda que él mismo había sostenido anteriormente una posición contraria y que aquella decisión fue revocada por la Cámara.
Por eso, en lugar de volver a desarrollar una discusión que ya había sido resuelta por el tribunal de alzada, decidió seguir esa doctrina.
“Razones de economía procesal […] me conducen a adecuar la decisión de este caso a la doctrina sentada por la alzada local del fuero”, explicó el magistrado.
El antecedente determinante es el caso “Castello”, en el que la Cámara consideró que el mantenimiento de la red vial constituye un servicio “uti universi”, es decir, destinado a la comunidad en general. Bajo ese criterio, no resulta necesario demostrar que cada contribuyente utilizó individualmente una determinada calle para justificar el cobro.

La Cámara también había considerado que el consumo de combustible podía utilizarse como parámetro para determinar cuánto paga cada contribuyente sin convertir automáticamente a la tasa en un impuesto.
Con ese marco, Isacch concluyó que “el tributo en cuestión debe ser catalogado como ‘tasa’” y que “no se encuentra configurada la analogía tributaria ni la doble imposición alegadas”.
El fallo deja así una situación particular: la Tasa Vial queda nuevamente respaldada judicialmente en Mar del Plata, pero la propia sentencia expone que su validez no estuvo exenta de cuestionamientos dentro de la Justicia.
La CETAC había argumentado que el municipio estaba gravando, en los hechos, el consumo de combustibles, que no existía una contraprestación individualizable y que el mecanismo podía entrar en conflicto con tributos nacionales. El municipio, en cambio, defendió que los recursos financian un servicio efectivamente organizado y prestado mediante el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado (EMVIAL).
Para el juez, el criterio establecido por la Cámara resulta determinante y hace previsible el resultado de una nueva instancia recursiva. Por eso rechazó la demanda y mantuvo la aplicación de la tasa.
El resultado es especialmente significativo para General Pueyrredón: mientras el oficialismo local sostiene una herramienta tributaria que pesa sobre cada carga de combustible, la oposición intenta eliminarla y sectores libertarios la llevaron a los tribunales.
La resolución de Isacch no cierra esa discusión política. Pero sí establece, al menos por ahora, que la Tasa Vial puede seguir cobrándose en Mar del Plata.