domingo 03 de mayo de 2026 - Edición Nº657

SOCIEDAD | 3 may 2026

El aumento en la VTV que afecta a todos: cuánto valdrá realizar la verificación

10:53 |Los conductores se exponen a serias y elevadas multas en caso de transitar sin este trámite. Descubrí todos los detalles en la nota.


Durante los primeros meses de 2026, los controles de tránsito se intensificaron en rutas con el objetivo de reforzar la seguridad vial. La Verificación Técnica Vehicular (VTV) sigue siendo un punto clave: circular sin la VTV vigente en la provincia de Buenos Aires puede generar multas que van desde $542.100 hasta $1.807.000, según la gravedad y la reincidencia.

Además, la acumulación de infracciones puede derivar en bloqueos administrativos que complican futuros trámites. Por este motivo, mantener al día la VTV, la licencia, el seguro y la patente es la forma más efectiva de evitar costos elevados y demoras.

 

Cuánto cuesta la VTV a partir de mayo 2026

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA):

  • Autos hasta 2.500 kg: $63.453,61
  • Motocicletas: $23.858,78

Provincia de Buenos Aires (PBA):

  • Autos hasta 2.500 kg: $97.057,65
  • Motocicletas: $38.823,06.
  • Vehículos mayores a 2.500 kg: $174.703,77

 

Cuándo hay que realizar la VTV

La VTV es un requisito obligatorio para circular y tiene como objetivo garantizar que los vehículos cumplan con condiciones mínimas de seguridad.

Deben realizarla los autos con más de tres años de antigüedad o que superen los 60.000 kilómetros, mientras que en las motos se exige a partir del primer año.

Quiénes están exentos de abonar la VTV en la Ciudad de Buenos Aires

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la inspección aplica a:

  • Vehículos particulares con más de tres años de antigüedad o que superen 60.000 km.
  • Autos 0 km: la primera VTV se realiza hasta los tres años.
  • Si un auto no supera los 80.000 km al final de este período, la vigencia se mantiene igual.

Algunos grupos están exentos de pagar la tarifa de la VTV,

- Los jubilados, pensionados y mayores de 65 años titulares de un vehículo y que cobren hasta 2 haberes mínimos jubilatorios.

- Discapacitados titulares de vehículos.

- Discapacitados no titulares del vehículo (padres, tutores, descendientes, cónyuges, convivientes).

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