

El Gobierno Nacional reinstaló este viernes una dura restricción cambiaria que limita la compra de dólares financieros. A través de la Comunicación “A” 8336, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso un nuevo cepo que afecta directamente a quienes operan con dólar oficial y MEP o Contado con Liquidación (CCL).
A continuación, siete preguntas y respuestas para entender el alcance de la nueva normativa que entró en vigencia hoy, 26 de septiembre de 2025.
La medida establece que cualquier persona o empresa que compre dólares al tipo de cambio oficial deberá firmar una declaración jurada. En ella, se compromete a no comprar dólares financieros (MEP o CCL) a través de la bolsa por un período de 90 días corridos a partir de esa operación.
Afecta a todos los ahorristas e inversores que utilizan su cupo para comprar dólar oficial (también conocido como “dólar ahorro” o a través del MULC) y que, a su vez, operan en el mercado de capitales para adquirir dólares financieros.
Deberás esperar 90 días calendarios. Por ejemplo, si realizas una compra de dólar oficial hoy, viernes 26 de septiembre, recién podrás volver a operar dólar MEP o CCL a partir del 26 de diciembre de 2025.
Sí, la restricción también aplica a la inversa, como es habitual en este tipo de normativas. Para poder comprar dólar oficial, no tenés que haber operado MEP o CCL en los 90 días previos. La nueva norma bloquea el acceso en ambas direcciones.
El objetivo principal es desarticular la maniobra conocida como “rulo” o “puré”. Según supo Noticias Argentinas, esta práctica se había masificado y consistía en comprar dólares baratos en el mercado oficial para venderlos inmediatamente más caros en el mercado financiero (MEP), obteniendo una ganancia instantánea y generando una presión sobre las reservas del BCRA.
Sí, es una clara marcha atrás respecto a la flexibilización cambiaria que venía pregonando el Gobierno. La reinstalación de este “cepo” evidencia que el equipo económico se vio forzado a retroceder en su hoja de ruta para frenar una sangría de divisas.
No. La normativa del Banco Central solo regula las operaciones que se realizan dentro del sistema formal y legal (bancos, ALyCs). El mercado paralelo o “blue”, al ser informal e ilegal, no se ve afectado directamente por esta comunicación, aunque su cotización podría reaccionar a la mayor demanda de quienes queden excluidos del MEP. N A